lunes, 20 de mayo de 2013
Los ayuntamientos refuerzan la presión fiscal sobre el IBI para aumentar sus ingresos
Los alicantinos sufren uno de los tipos impositivos más elevados de España en los bienes de naturaleza urbana. Los principales consistorios han aprobado medidas para aumentar el coste de los recibos en el último lustro con el fin de poder cuadrar cuentas y mantener las instalaciones construidas durante la época de bonanza
ALEJANDRO FERNÁNDEZ. En el grupo de cabeza. Los ayuntamientos de la provincia, necesitados de
recursos, han impuesto a sus ciudadanos una de las presiones fiscales
más elevadas de España en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), de
acuerdo con los datos recabados por la Dirección General del Catastro.
Las últimas cifras disponibles, referentes al cierre de 2012, revelan
que los consistorios alicantinos son los octavos de España con un mayor
tipo impositivo en el tributo de bienes urbanos. La cantidad a
pagar por el IBI se obtiene de dos variables. Por un lado, del valor
catastral de la propiedad. Ahí, los ayuntamientos no pueden hacer
absolutamente nada. Su maniobra es prácticamente nula. Es la Dirección
General del Catastro la que revisa cada cierto tiempo a cuánto asciende
el valor del inmueble. Eso sí, Consistorio y Catastro sí pueden pactar
cuándo ha de producirse esa revisión.
ALEJANDRO FERNÁNDEZ. En el grupo de cabeza. Los ayuntamientos de la provincia, necesitados de
recursos, han impuesto a sus ciudadanos una de las presiones fiscales
más elevadas de España en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), de
acuerdo con los datos recabados por la Dirección General del Catastro.
Las últimas cifras disponibles, referentes al cierre de 2012, revelan
que los consistorios alicantinos son los octavos de España con un mayor
tipo impositivo en el tributo de bienes urbanos. La cantidad a
pagar por el IBI se obtiene de dos variables. Por un lado, del valor
catastral de la propiedad. Ahí, los ayuntamientos no pueden hacer
absolutamente nada. Su maniobra es prácticamente nula. Es la Dirección
General del Catastro la que revisa cada cierto tiempo a cuánto asciende
el valor del inmueble. Eso sí, Consistorio y Catastro sí pueden pactar
cuándo ha de producirse esa revisión.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.