Podrán dar altas en enfermedades comunes si un inspector no contesta en seis días
Las
mutuas ganarán margen de maniobra para decidir cuándo hay que dar de
alta a un trabajador enfermo. Si hasta ahora lo hacían en el caso de
accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, el Gobierno tiene
previsto darles esta potestad también cuando se trata de una enfermedad común o de un accidente no laboral —el 80% de las empresas ya tienen asegurados estos procesos con las mutuas—. Así lo recoge un proyecto de real decreto,
fechado el 17 de julio pasado, que regula la gestión y el control de
los procesos de incapacidad temporal. Uno de sus artículos faculta a las mutuas a facilitar el “alta médica presunta” al sexto día
de la propuesta dirigida a la inspección médica del servicio público de
salud. Si el inspector no responde en ese tiempo, el silencio
administrativo se considerará aprobación, y la mutua podrá comunicar al
paciente que está de alta y sin derecho a subsidio.
Las mutuas, que son asociaciones de empresarios
formalmente sin ánimo de lucro, gestionan tanto las contingencias
profesionales como las comunes. En los últimos años, la mayoría de las
empresas han encomendado la gestión de sus bajas comunes a las mutuas,
en lugar de hacerlo al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS),
que ya solo se ocupa del 20%. Por primera vez, un borrador de texto
legal las faculta para dar altas en caso de enfermedad común, algo que
los médicos de familia y los inspectores sanitarios consideran un “gravísimo error” y un perjuicio para el paciente.
La patronal de las mutuas, en cambio, cree que si ellas pudieran
gestionar todas las altas ahorrarían a la Seguridad Social y a las
empresas 6.600 millones de euros.
“Es como poner a la zorra a cuidar al gallinero”, exclama el vicepresidente de la Federación de Asociaciones de Inspección de Servicios Sanitarios (FAISS),...
Extraído de CAS
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