Por José Luis Carretero Miramar.
Hace
unos días, nuestra siempre alegre Ministra de Trabajo, es de suponer
que bajo la atenta mirada de la Virgen del Rocío, que todos sabemos que
está para esas cosas, sorprendió (quizás, no tanto) a todos los
asistentes a una de sus comparecencias con una noticia de supuesto
calado: la inminente transformación de la legislación laboral española
de manera que, donde antes había decenas de tipos de contratos de
trabajo, aparezcan finalmente sólo cinco.
Se trata de un avance decidido en una dirección marcada y deseada desde
antes, incluso, de la actual crisis económica, por parte de la gran
patronal patria y de los principales círculos burocráticos europeos,
diligentemente puestos a su servicio. La dirección de la conformación de
un Derecho del Trabajo constituido por una única forma de contratación:
el llamado (valga la redundancia), contrato único.
Ya en el Libro Verde “modernizar el derecho del trabajo para afrontar
los retos del siglo XXI”, dedicado a la llamada flexiseguridad, y
aprobado por la Comisión Europea en el año 2007 (antes, por tanto, de la
caída de Lehman Brothers y de toda supuesta “urgencia” animada por la
crisis) se recomendaba a “determinadas formaciones nacionales europeas”
(que no se concretaban con nombre, apellidos, y título de Reino, pero
que era fácil determinar cuáles eran) la institución de este “contrato
único” que, parece ser, todo lo va a sanar y enmendar, en medio del
vértigo del desempleo que nos atenaza. Desde entonces, las atronadoras
voces de FMI, OCDE, UE, y algunos grupos concretos dentro del 15-M, han
hecho un magistral coro a los deseos de Arturo Fernández, Rossell y sus
ilustres predecesores.
Extraído de ICEA
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